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Ante el caso de implicarse en un accidente de tránsito y huir de la escena, se podría establecer una pena de hasta 10 años de prisión así como una multa de 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA).
De acuerdo a lo que dictamina la ley, la persona que se dé a la fuga al momento de participar en algún hecho de tránsito podría recibir estas sanciones.
En el Código Penal del Estado de Sonora, Artículo 274 Bis, se manifiesta que con el sólo acto de huir del lugar, tras ser partícipe de un accidente, podría sancionarse con prisión de un mes a un año, más las penas que la ley indique como resultado por el delito cometido.
No obstante, dependiendo de los resultados del incidente, ya sea si el otro participante resultó con lesiones leves o graves, o pierde la vida; la sanción se irá incrementando y se sumará a la penalización por la falta que pudo haber cometido.
Francisco Córdova, agente del Ministerio Público de la Unidad Norte, explicó que no significa prisión oficiosa si una persona se da a la fuga, sin embargo, sí será una justificación por parte del agraviado para solicitar una ante la autoridad al momento de judicalizar el caso.
De tal forma que la mejor decisión es quedarse en el lugar y a hacerle frente a lo que está sucediendo, ya que probablemente la responsabilidad recaiga en la otra persona o, en otro de los casos la situación puede solucionarse de manera sencilla, aseguró el agente del Ministerio Público.